4 de diciembre de 2009

Protección contra la piratería sin límites: yo también me uno al manifiesto


"Si hay que aclarlo se aclarará” palabras del presidente del Gobierno Zapatero sobre toda la polémica creada en torno al anteproyecto de Ley de Economía Sostenible con su disposición final primera.

Esta disposición final primera modifica la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y del Real Decreto Legislativo 1/1996 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual para, palabras textuales, proteger la propiedad intelectual frente a la piratería en Internet.

He leído todo lo que dicen que vulnera y me he leído esa disposición final y sin duda hay muchas zonas oscuras:

“2. Los órganos competentes para la adopción de las medidas a que se refiere el apartado anterior, con el objeto de identificar al responsable del servicio de la sociedad de la información que está realizando la conducta presuntamente vulneradora, podrán requerir a los prestadores de servicios de la sociedad de la información la comunicación de los datos que permitan tal identificación a fin de que pueda comparecer en el procedimiento. Los prestadores estarán obligados a facilitar los datos de que dispongan.”

Este precepto da bastante miedo en tanto que ¿cómo se identificará al responsable? ¿Dónde estará el límite?  ¿y la intimidad?
Y lo más importante ¿quién lo decidirá y en base a qué? Esto último lamentablemente también tiene respuesta:

“1. Se crea en el Ministerio de Cultura, la Comisión de Propiedad Intelectual, como órgano colegiado de ámbito nacional, para el ejercicio las funciones de mediación y arbitraje y de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual que le atribuye la presente Ley.

Ahí está el caldo del asunto: una Comisión creada por el Ministerio de Cultura (órgano del Gobierno, del Poder Ejecutivo) que podrá tomar decisiones como el cierre de las páginas web. Pero ¿de qué páginas web? La reforma dice “prestadores de servicios” que esto, como no me quedaba claro, y yo entendía que prestadores de servicios es cualquiera que tenga una página web, he buscado y, según David Bravo, especializado en Derecho informático, se refiere a “toda página web que obtenga algún rendimiento económico, por mínimo que sea, como un blog con publicidad”.

Zapatero se ha apresurado a decir que no se cerrará el acceso a usuarios, pero la Ministra de Cultura ha vuelto a reiterar que la decisión corresponderá a la Comisión de Propiedad Intelectual. Y esto nos lleva de nuevo al punto clave: ¿Puede una Comisión nombrada por un ministerio cerrar páginas web, el acceso a Internet? ¿Puede una Comisión entrar a conocer sobre la licitud de una página web? ¿Puede una Comisión juzgar esto? 
La respuesta está clara: No. Peligran, sí, peligran nuestros derechos si puede ahora una comisión decidir si una página está actuando lícitamente o no. Si ahora una Comisión puede juzgar.
Está claro: la Constitución Española dice en su artículo 117. 3 que “El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.”

Me hace gracia que se ponga como condición para que la Comisión entre a conocer la voluntad de al menos una de las partes, claro, un requisito clave y asegurador de nuestros derechos. Seguro que Ramoncín se lo pensará dos veces,  “¿uy, a donde voy: a los juzgados que son muy lentos y con sus leyes y doctrinas seguro que no me resuelven nada o una  Comisión que ha puesto mi colega ministra expresamente para proteger mis derechos de autor?” Creo que está demasiado claro.

En cuanto al debate de la piratería es algo que podría dedicar en un post aparte ¿deben los artistas cobrar por cada ocasión que se utilice u producto? Los periodistas producen un texto lo venden, se publica y no vuelven a ver ni un duro por su producto, aunque ese mismo texto se difunda en un medio, en dos, tres y en distintos soportes. ¿No deberían tal vez centrarse en ofrecer (buenos) conciertos? Hace poco leí un estudio en el que decían que los artistas ganaban más con los beneficios de los conciertos que con la venta de discos, y me pareció bastante curioso. Además, ¿no vamos a pagar también un canon?.  Ya hay páginas en las que sus artistas ofrecen descargas gratuitas, ¿por qué unos sí y otros no?

Pero centrándonos de nuevo en el tema, lo que me escama de todo esto es que una Comisión tenga tan amplias competencias (¡juzgar!) y que esto se haga en realidad para evitar todo el farragoso camino de los tribunales y los autores puedan ver protegido su apreciado derecho más rapidamente, y que no se haga en otros temas en los que la lentitud judicial también sea exasperante. Me escama el canon, la Comisión juzgadora y (sobretodo) la falta de información (mientras unos dicen que no cerrarán ciertas páginas otros dicen que ya se verá). 
Pero, sobretodo, me asusta que le pongan tantas barreras a la libertad de Internet.

Por todo ello yo también me uno al

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”

 
Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.

6 tazas:

Manuel Regidor González | 4 de diciembre de 2009, 22:49

En un país en el que se paga iva por la cultura qué es lo que esperas?

Len0re | 5 de diciembre de 2009, 15:30

A mí en el fondo todo esto me sabe fatal, la cultura me parece algo enormemente valioso que a veces se nos olvida mucho lo que vale y lo que nos aporta. Pero es que de ahí a lo que pretenden hacer (o están ya haciendo) me parece que es demasiado, y con esto se han pasado tres pueblos. O más.

Aliziaconz | 6 de diciembre de 2009, 21:18

Me parece de los mejores posts que he leído hasta ahora sobre todo este revuelo. Más clarito, agua! Y yo también me he unido al manifiesto. Con tu permiso, lo twitteo :)

Estefania. | 7 de diciembre de 2009, 18:50

la verdad es que es muy fuerte... esta claro que por lo único que lo hacen es por estar en sintonía con la UE...pero como siempre lo hacen deprisa y corriendo y nunca queda nada lo suficientemente claro...

Estefania. | 7 de diciembre de 2009, 18:50
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Len0re | 8 de diciembre de 2009, 0:02

Muchas gracias Alicia :) por supuesto, permiso concedido!
y la verdad es que aún sigo sin tenerlo claro, creo hasta que no se apruebe (o no) y se desarolle mejor el tema seguirá sin estar nada claro todo esto!

Estef, sí que lo es, más que nada por lo de las prisas y lo oscuro que está todo. Porque igual, la misma norma planteada de otra forma y aclarados los límites podría ser hasta buena...